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  -Indemnización por resolución favorable de la Agencia Española de Protección de Datos Me han dado la razón en una reclamación de tutela de protección de datos contra una importante empresa.. Mi pregunta es ¿puedo exigir una indemnización por daños? La respuesta es sí, puedes exigir indemnización por daños contra a todos aquellos que creas que han podido vulnerar tu derecho a la privacidad, en este caso una importante empresa. Incluso sin que la Agencia te haya dado la razón en todas tus reclamaciones en el procedimiento de tutela de derechos. Esto se debe a que la indemnización la solicitas por vía civil y la reclamación que presentas ante la Agencia, es por vía administrativa. Por tanto es totalmente independiente, si tú presentas la reclamación por la Agencia, este organismo te defenderá gratuitamente pero si existe indemnización será para la Agencia. Si vas por la vía civil, la defensa no es gratuita necesitarás un abogado, y un procurador seguramente pero si ganas el juicio la indemnización será para ti. Ahora bien, no cabe duda que si tienes una resolución favorable de la Agencia de Protección de Datos, como es tu caso, mayor peso tendrá tu demanda por la vía civil, y por tanto mayores posibilidades de ganar el juicio. Y otra cosa importante para que te indemnicen es que tendrás que demostrar en el juicio que hubo un daño moral por parte de la empresa, porque si no, no te darán la indemnización. El daño moral se demuestra por poner un ejemplo, que estuviste en una lista de morosos y debido a ello te perjudicó para pedir la financiación...

¿Se puede parar legalmente a una app que ha accedido a los datos de nuestro móvil?

La mayoría de las personas que tienen un smartphone, incluyéndome yo mismo, en alguna ocasión, se ha descargado alguna aplicación para el móvil, y en el momento de descargarnos la aplicación nos aparece un permiso para acceder a: los datos del calendario, Los datos de historial de navegación, la agenda, las fotos, la ubicación, conexión de red,etc.. en definitiva a la información personal que guardas en tu móvil, y como no nos queda otra, siempre le damos al botón de “aceptar”. Luego nos llega con el tiempo alguna información en forma de spam o correo no deseado a nuestro correo electrónico, o nos damos cuenta que el móvil empieza a funcionar mal, en definitiva, la aplicación contenía algún virus o nos han instalado un programa informático, puerta de entrada o salida de datos, en nuestro móvil que hace que por algún mecanismo informático, la información personal del smartphone se transfiera al centro de datos de la app o aplicación concreta, sin nosotros poder hacer nada, además de haber dado nuestro consentimiento para que accedieran a todos nuestra información personal. Entonces, ¿Existe alguna forma legal de parar a una app o aplicación, por haber accedido ilegalmente a todos los datos del móvil y haber instalado un dispositivo en nuestro móvil de fuga de datos? La problemática legal que se plantea, tiene difícil solución en la actualidad, ya que no sabemos si realmente la causa o el motivo por el que está funcionando mal nuestro móvil es porque hayan instalado una puerta de entrada y salida a los datos de nuestro móvil a través de un software o porque existe un...

Cómo salir de Internet y no desesperar en el intento: pasos a dar

  En estos últimos meses se ha hablado mucho sobre el «derecho al olvido» sobre todo a raíz de la famosa sentencia del TJUE conocida como AEPD y Mario Costeja VS Google que reconoció la responsabilidad de los Buscadores al enlazar contenidos o lo que es lo mismo indexar enlaces de webs hacia sus motores de búsqueda, por lo que al final se puede afirmar que se ha reconocido el derecho al olvido de las personas en relación con los Buscadores.   Sin embargo, van a existir unos requisitos para que el propio Buscador nos reconozca y no haga caso omiso a nuestra solicitud de cancelación/oposición de datos, que vamos a ir analizando.   Por tanto, el primer requisito para ejercer nuestro derecho al olvido, es que aparezcan datos personales nuestros en una página web. Como datos personales normalmente se entiende cualquier dato que se identifique con nosotros como pueden ser : nombre y apellidos, email, fotos, DNI o pasaporte, IP, etc.. También comprobar en qué web(campo virtual) se encuentran nuestros datos, ya que no es lo mismo una página web que se encuentra en España o en un país de la Unión Europea o incluso de los países reconocidos con una legislación en Protección de Datos equiparable a la nuestra como por ejemplo Argentina, a una web que se encuentre en EEUU, que a priori no nos va a proteger su legislación con nuestro derecho al olvido. Los comentarios sin que se encuentren datos personales de los indicados anteriormente me temo que no se podrán pedir cancelación/oposición o derecho al olvido de esos datos. Tampoco va a ser...